Federaciones y clubes
La Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte clasifica a las entidades deportivas en federaciones deportivas, clubes deportivos y otras entidades asociativas de carácter deportivo de segundo grado, debiendo estar inscritas todas ellas en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha.
- Las federaciones deportivas castellano-manchegas son entidades privadas, de utilidad pública y sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, en el territorio de Castilla-La Mancha. Así mismo, algunas de sus principales funciones son la organización de competiciones y actividades de promoción de la modalidad o modalidades deportivas que tengan asumidas. Están constituidas por clubes deportivos, deportistas, técnicos o entrenadores, y jueces o árbitros.
- Los clubes deportivos son asociaciones privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, formadas por personas físicas o jurídicas, cuyo objeto principal es la promoción y práctica por parte de las personas asociadas de modalidades deportivas o modalidades de ejercicio físico reconocidas de interés público, debiendo tener su domicilio en un municipio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y debiendo estar inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Castilla-La Mancha.
La constitución de un club deportivo se realizará mediante el levantamiento de un acta fundacional en documento público o privado en la que se identificará a las personas físicas o jurídicas fundadoras (mínimo 5 personas). Para conocer más sobre ello puede consultar el apartado Registro de Entidades Deportivas. - Para consultar el número de licencias deportivas en vigor en Castilla-La Mancha, así como el número de clubes deportivos federados según los datos oficiales proporcionados por el Consejo Superior de Deportes, haga clic sobre el siguiente enlace:
https://www.csd.gob.es/es/federaciones-y-asociaciones/federaciones-deportivas-espanolas/licencias
- Todas las entidades deportivas organizadoras y promotoras de competiciones y actividades deportivas (ya sean competiciones oficiales, populares o actividades físico recreativas), debéis cumplir los requisitos establecidos en los artículos 12, 13 y 14 de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, así como en lo dispuesto en la Ley 7/2011,de 21 de marzo, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Castilla-La Mancha y, en su caso, en la Ley 9/199, de 26 de mayo, de conservación de la naturaleza. En cualquier caso, las entidades organizadoras de competiciones o actividades deportivas deberán:
- Tener suscrito un seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a las personas que participen en la competición o actividad, a los asistentes y a terceros.
- Contar con un seguro que cubra la asistencia sanitaria por accidentes que puedan sufrir los participantes durante su desarrollo.